Avisos Generales

¿HAY QUE DECLARAR EL BONO CULTURTAL JOVEN EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA?
El bono cultural joven es una ayuda directa de hasta 400 euros que concede el Estado, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, a quienes cumplen 18 años con la finalidad de facilitar el acceso de los jóvenes a la cultura.
En cuanto a su calificación, esta ayuda queda sometida al IRPF en concepto de ganancia patrimonial, debiendo integrarse dentro de la Base Imponible General del impuesto.
Respecto a su imputación temporal, la mera concesión del bono no da lugar a la obtención de una ganancia patrimonial, pues el importe no agotado del bono se desactiva automáticamente una vez transcurrido el plazo de ejecución (1 año).
Las ayudas concedidas, es decir utilizadas, a través del bono cultural joven deberán imputarse al respectivo período impositivo en que se hayan adquirido los productos, servicios y actividades culturales subvencionables, pues será cuando se entiende que se ha producido el cobro de la ayuda.
Finalmente, ha de aclararse que, si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono cultural joven, al ser por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración, de acuerdo con el artículo 96.2 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

LA AEAT ENVIARÁ 328.000 AVISOS A LOS CONTRIBUYENTES SOBRE SU CONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE RENTAS OBTENIDAS A TRAVÉS DE MONEDAS VIRTUALES
También 807.000 avisos a rentas obtenidas en otros países; y 661.000 por alquileres de inmuebles. La AEAT recomienda este año que los contribuyentes revisen específicamente en el borrador los datos referidos a los inmuebles y a sus valores catastrales; los datos personales que puedan haber cambiado en 2022; arrendamiento de inmuebles; transmisiones; aportaciones a planes de pensiones; cuotas sindicales; prestación por percepciones por ERTE y por subvenciones y otras ayudas; deducciones familiares por maternidad; deducción por inversión de vivienda habitual; y deducciones autonómicas.

LOS INGRESOS QUE ESTÁN EXENTOS DE TRIBUTACIÓN EN ESTE EJERCICIO
Entre las rentas exentas, se encuentran los rendimientos del trabajo derivados de las prestaciones en forma de renta de personas con discapacidad por aportaciones a los sistemas de previsión social y a patrimonios protegidos; las prestaciones económicas públicas para cuidados en el entorno familiar y de asistencia personalizada. También, la renta mínima de inserción y ayudas a víctimas de delitos violentos y de violencia de género; o las prestaciones y ayudas familiares de cualquiera de las Administraciones ya sean vinculadas a nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores. No tributan tampoco las indemnizaciones por daños personales por responsabilidad civil y las derivadas de contratos de seguro de accidentes.
Quedan fuera de la tributación, las gratificaciones por participación en misiones internacionales de paz o humanitarias a los miembros de dichas misiones e indemnizaciones por operaciones internacionales de paz y seguridad; rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero, con el límite de 60.100 euros anuales; indemnizaciones satisfechas por las Administraciones Públicas por daños personales; o las prestaciones por entierro o sepelio.

ESTAS SON LAS CLAVES PARA LA CAMPAÑA DE LA RENTA QUE COMIENZA HOY
La campaña de la renta y el impuesto de patrimonio arranca este martes, 11 de abril, y se extenderá hasta el 30 de junio, según el calendario de la Agencia Tributaria. Estas son algunas claves.
¿Quién tiene que presentar la declaración?
La obligación de presentar la declaración de la renta está ligada a varios supuestos, entre ellos tener ingresos del trabajo superiores a 22.000 euros, si proceden de un solo pagador, o 14.000 euros, si proceden de varios pagadores; tener rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros; disfrutar de la deducción por inversión en vivienda habitual o ser beneficiario del ingreso mínimo vital.
En cualquier caso, los contribuyentes no obligados pueden presentar declaración si consideran que tienen derecho a una devolución.
¿Cuál es el plazo de presentación?
La campaña de la renta comienza el 11 de abril y termina el 30 de junio, pero los plazos de presentación varían en función del canal que se utilice.
– Desde el 11 de abril se puede presentar por internet, a través del programa Renta Web o con la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
– Desde el 5 de mayo se puede presentar por teléfono, a través del servicio «Le llamamos», siempre que se cuente con cita previa.
– Desde el 1 de junio se podrá presentar la declaración también de manera presencial en oficinas, con cita previa.
El plazo de presentación termina el 30 de junio en todos los casos, salvo para los contribuyentes con declaración a ingresar que quieran domiciliar el resultado, que tendrán que hacerlo antes del 27 de junio.
¿Cómo se puede obtener el borrador?
Para obtener el borrador de la declaración, modificarlo y presentarlo el contribuyente puede identificarse a través de tres vías: Cl@ve PIN, certificado electrónico o DNI electrónico y referencia, que se obtiene por internet a partir de la casilla 505 de la declaración del ejercicio 2021.
¿Qué novedades hay en esta campaña?
Entre las novedades de esta campaña figuran una mayor restricción de las deducciones de planes de pensiones individuales, una nueva casilla para la declaración de criptomonedas o la regularización de las deducciones de maternidad no disfrutadas en 2020 y 2021 para mujeres afectadas por ERTE.
También un aumento de la reducción sobre el rendimiento neto de módulos (que pasa del 5 % al 15 %), una minoración del rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas (del 35 % del precio de compra de gasóleo agrícola y 15 % de fertilizantes) o una reducción del rendimiento de módulos del 20 % para quienes desarrollen su actividad en La Palma, así como la extensión de la deducción por actuaciones de eficiencia energética o una deducción para los habitantes de esta isla.
¿Cómo se aplica la deducción por planes de pensiones?
Las aportaciones a planes de pensiones con derecho a disfrutar de bonificación fiscal están limitadas a 1.500 euros en el caso de planes individuales y a 8.500 euros en el caso de planes de empresa.
¿Hay que declarar el cheque de 200 euros?
Los beneficiarios del cheque de 200 euros para familias vulnerables tendrán que declararlo como ganancia patrimonial, igual que el bono cultural para jóvenes.
¿Cómo se declaran las criptomonedas?
Las ganancias o pérdidas derivadas de la operación con criptomonedas se tienen que declarar en la liquidación de IRPF, con la novedad de que en esta campaña cuentan con una casilla específica para ello.
¿Y la deducción de maternidad?
Las mujeres que perdieron su empleo a partir de 2020 como consecuencia de un ERTE, inactividad de contratos fijos-discontiuos o cese de actividad de autónomos y como consecuencia de ello se les retiró la deducción de maternidad pueden recuperar las cantidades no cobradas de los ejercicios 2020 y 2021 consignándolo en una casilla creada para ello en la declaración de 2022.
¿Qué otras deducciones se pueden aplicar?
En la campaña de 2022 siguen vigentes muchas de las deducciones tradicionales: inversión en vivienda habitual para quienes la adquirieran antes de 2013, inversión en empresas de reciente creación, donativos a ONG, cuotas de afiliación a partidos políticos o cuotas de colegios profesionales, así como las deducciones autonómicas.

MARZO DEJA EN LA REGIÓN DE MURCIA 1.268 PARADOS MENOS RESPECTO AL MES ANTERIOR
El número personas registradas en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), al finalizar el mes de marzo, ha bajado en 1.268 personas (1,35%) en relación con el mes anterior.
El paro registrado en marzo de 2023 baja en 16 Comunidades Autónomas, las caídas en cifras absolutas más acusadas se producen en: Andalucía (15.284), Canarias (5.775) y Castilla y León (4.446). Sube en la comunidad restante: Comunidad de Madrid (1.013).
El paro registrado se ha situado en 92.472 personas en la Región de Murcia, de las que 34.780 fueron hombres y 57.692 mujeres. El paro ha descendido en 3.298 personas (3,44%) con respecto a marzo de 2022.
El paro registrado en las oficinas del SEPE de la Región de Murcia en marzo ha descendido en 99 personas respecto a febrero y en 3 respecto a 2022. El total de parados extranjeros ese mes fue de 11.754.
Del total de personas registradas en el paro en marzo en la comunidad de Murcia, 9.281 fueron menores de 25 años (4.710 hombres y 4.571 mujeres) y 83.191 del resto de edades (30.070 hombres y 53.121 mujeres).
Por actividades económicas, del total de 92.472 personas en paro en la Región en marzo pasado, 5.592 fueron del sector agrícola, 9.147 de la industria, 6.586 de la construcción, 61.401 del sector servicios, y 9.746 del colectivo «sin empleo anterior».
Si el descenso del paro ha sido de 1.268 personas en marzo, de ese total 96 corresponden al sector agrícola, 171 del industrial, 110 de la construcción, 1.128 del sector servicios, y hay que tener en cuenta una subida de 237 personas «sin empleo anterior».
Por otro lado, se han registrado un total de 53.987 contratos de trabajo, lo que supone 12.231 más que el mes anterior, es decir, un incremento del 29,29 por ciento, pero un descenso de 26.887 contratos en relación a marzo de 2022 (-33,25%).
De ese total de contratos, 32.225 fueron indefinidos, 81 de ellos para personas con alguna discapacidad, y 1.430 fueron contratos de «conversión». La cifra de indefinidos supone el 5,23 por ciento del total nacional. Los contratos temporales alcanzaron la cifra de 21.762.
Los 32.225 contratos indefinidos firmados en marzo en la Región de Murcia fueron 5.642 más que en febrero (21,22%) y 7.861 más que en marzo de 2022 (32,26%). Los 21.762 contratos temporales firmados en marzo supusieron 6.589 más que en febrero (43,43%), pero 34.748 menos que el mismo mes del año anterior (61,49%).
Las prestaciones contributivas beneficiaron a 32.514 personas en febrero en la Región de Murcia, y los subsidios a 24.967, mientras que en renta activa de inserción estuvieron personas 4.028, y el total de todas estas prestaciones por desempleo suma 61.509.

LOS AUTÓNOMOS SOCIOS DE UNA COMPAÑÍA PUEDEN BENEFICIARSE DE LAS BONIFICACIONES Y DEDUCCIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL
En repetidas ocasiones, la Administración ha anulado a estos trabajadores estas bonificaciones alegando que al ser socios de compañías no son un empresario como persona física y por tanto, no les correspondía.
El TSJ de Madrid estimó el recurso interpuesto por un autónomo al que la Seguridad Social dejó sin efecto el alta del demandante en el RETA y con ésta, le impidió acogerse a la tarifa plana para autónomos. Los jueces rechazan los argumentos de la Seguridad Social y señalan que la Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo que recoge estas reducciones y bonificaciones no menciona exclusión expresa alguna respecto de los socios de trabajadores de sociedades mercantiles que posean control en la misma.

EL NÚMERO DE HIPOTECAS CRECE CERCA DE UN 27% EN LA REGIÓN DE MURCIA
Un total de 1.069 hipotecas se han constituido sobre viviendas en la Región de Murcia durante el mes de enero pasado, lo que supone un incremento del 26,8% respecto a diciembre de 2022 y un descenso del 6,7 en relación a enero de ese año, según ha divulgado este lunes el Instituto Nacional de Estadística.
Las comunidades con mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en enero son Andalucía (7.923), Cataluña (6.907) y Comunidad de Madrid (5.623).
Las comunidades en las que se presta más capital para la constitución de hipotecas sobre viviendas son Comunidad de Madrid (1.219,0 millones de euros), Cataluña (1.083,3 millones) y Andalucía (970,5 millones).
Las comunidades con mayores tasas anuales en el capital prestado son Illes Balears (43,5%), Comunidad Foral de Navarra (37,4%) y Extremadura (30,1%).
Las comunidades con mayores tasas de variación anual en el número de hipotecas sobre viviendas son Comunidad Foral de Navarra (31,2%), Canarias (26,7%) y Extremadura (18,0%).
Por su parte, las que presentan los mayores descensos en sus tasas anuales son Aragón (31,8%), La Rioja (23,3%) y Principado de Asturias (18,8%).

LA SEGURIDAD SOCIAL GANA 117.049 AFILIADOS EN EL ÚLTIMO MES
La Seguridad Social ha ganado una media de 117.049 cotizantes en términos desestacionalizados en el último mes, desde mediados de febrero hasta mediados de marzo, lo que ha situado el total de ocupados en 20.450.615 millones de personas, según los datos publicados este jueves por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Los 117.049 empleados creados en este periodo superan al registrado en febrero (promedio de las dos quincenas anteriores), en el que se produjo un incremento de 81.808 afiliados, y también es superior al incremento medio quincenal registrado en los últimos tres meses, de 42.688.

LAS RENTAS VITALICIAS COMO INDEMNIZACIÓN A CONSECUENCIA DE UN CASO DE RESPONSABILIDAD CIVIL NO TRIBUTAN EN IRPF
Así lo determina la DGT en una consulta vinculante. Da respuesta de esta forma a la pregunta planteada por unos consultantes cuyo hijo sufrió un accidente de tráfico en 1995 que le produjo lesiones, por las que fue declarado en estado de incapacidad total. A la víctima se le concedió una indemnización por secuelas y, además, una renta vitalicia, respondiendo civilmente de manera directa una compañía aseguradora. La LIRPF reconoce como renta exenta de tributación las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales. Para la DGT, en esta categoría entra también la renta vitalicia, por lo que determina que «la exención alcanzará a la cuantía que se perciba en concepto de renta vitalicia».

CASI 55.000 PERSONAS RENUNCIARON A SU HERENCIA A LO LARGO DEL AÑO PASADO EN TODA ESPAÑA
Teniendo en cuenta que durante 2022 se tramitaron unos 355.000 títulos sucesorios, la proporción de rechazos aumentó ligeramente hasta el 15,6% anual, un volumen suficiente para convertirse en histórico en la serie que actualiza anualmente el Consejo General del Notariado. Andalucía, Cataluña y Madrid fueron las tres regiones con más desestimaciones, con porcentajes que oscilan entre el 14% y 20,5% de rechazos. Pese a ser la existencia de pasivo la razón principal, no es el único motivo que lleva a los españoles a rechazar la transmisión.
Los costes asociados a la propia tramitación de la herencia, como el impuesto de sucesiones o las plusvalías son otra gran causa de rechazo, pues muchos herederos en ese momento no tienen liquidez para poder costear dichos trámites.
