PESE A QUE INICIALMENTE LAS EMPRESAS CONSIDERABAN UNA BUENA NOTICIA QUE SE PUDIERAN AMPLIAR LOS PLAZOS
de amortización de los créditos con val del ICOy el periodo de carencia, las compañías se han llevado cierta desilusión. Una vez que han comenzado a negociar con su banco la ampliación del periodo de pago se han encontrado con una sorpresa que no todos habían tenido en cuenta: el tipo de interés que se les aplicará a partir de ahora será, en varios casos, superior, incluso en más de un punto porcentual al que tenían en su contrato hasta ahora. Según interpretaron varios abogados y empresarios de la lectura del Real Decreto 11/2020, no se iban a producir aumentos del tipo de interés en las operaciones a tramitar. Pero la realidad ha sido otra.